¿Al ejecutar una rehabilitación integral (con los resultados de reducción de demanda >35% + reducción de consumo >60%) en una vivienda unifamiliar, de qué tipo de deducción se beneficia?

    La distinción entre unifamiliares, en principio, la dará el régimen de propiedad, si es de tipo horizontal o vertical. Si es una unifamiliar constituida en régimen vertical, que es lo que ocurre en la mayoría de los pueblos, podrá haberse presentado a ayudas para edificio y, por la parte no subvencionada, se podrán producir las desgravaciones del 60% arriba indicadas. Sin embargo, si la unifamiliar se constituyó en régimen de propiedad horizontal, funciona como un piso, ya que la unifamiliar no tiene una parcela catastral independiente, si no que funciona como una proporción de la parcela completa. Entonces sólo se podrá presentar a ayudas a vivienda y, de la misma manera, sólo aplicar desgravaciones del 20% o del 30%. recordamos que es necesario contar con los CEE registrados antes de la actuación y después de la misma.

    Menú Principal
    Preferencias de usuario sobre las cookies
    Utilizamos cookies para asegurarnos de que obtengas la mejor experiencia en nuestro sitio web. Si rechazas el uso de cookies, este sitio web puede no funcionar como se espera.
    Aceptar todas
    Rechazar todas
    Leer más
    Analytics
    Herramientas que se utilizan para analizar datos, medir la efectividad del sitio web y entender cómo funciona.
    Google Analytics
    Aceptar
    Rechazar
    Advertisement
    If you accept, the ads on the page will be adapted to your preferences.
    Google Ad
    Aceptar
    Rechazar
    Guardar