El artículo 21.2 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, de 8 de noviembre de 1995, establece el derecho del trabajador de interrumpir su actividad y abandonar el lugar de trabajo en caso necesario, si considera que entraña un riesgo grave e inminente para su vida o salud.
En todo caso, la responsabilidad de aplicar las medidas de seguridad corresponde al contratista. Ver respuesta B4.
Última actualización 23-03-2020 (15:43 pm)
B.9. ¿Cómo puedo proceder si la empresa me exige trabajar?
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- Categoría: Ejercicio de la profesión durante una emergencia - FAQ. COVID19